Información de interés

En el dinámico escenario empresarial de Murcia, el éxito de una empresa no solo depende de su visión y esfuerzo, sino también de contar con el respaldo adecuado. En este sentido, ofrecemos un servicio integral de consultoría, asesoría fiscal y laboral diseñado específicamente para satisfacer las necesidades del tejido empresarial local.

Asesoramiento personalizado para empresas en Murcia

Nuestra experiencia se traduce en un asesoramiento personalizado que va más allá de las soluciones genéricas. Nos sumergimos en el entorno local para entender las dinámicas únicas de cada empresa, adaptando nuestras estrategias a sus objetivos y desafíos específicos.

Consultoría integral: impulsando el crecimiento empresarial

La consultoría que ofrecemos abarca todas las áreas clave para el desarrollo sostenible de las empresas en Murcia. Desde la planificación estratégica hasta la optimización de procesos y la gestión eficiente de recursos, nuestro equipo de expertos se compromete a brindar soluciones que impulsen el crecimiento y la rentabilidad.

Asesoría Fiscal: garantizando el cumplimiento y eficiencia financiera

El entorno fiscal es una pieza clave en la gestión empresarial. Nuestra asesoría fiscal no solo se centra en garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino también en identificar oportunidades para optimizar la carga fiscal. Trabajamos de la mano con las empresas murcianas para maximizar sus beneficios y asegurar una posición financiera sólida.

Asesoría Laboral: potenciando el capital humano local

Reconociendo que el capital humano es el activo más valioso de cualquier empresa, nuestra asesoría laboral se orienta a fortalecer las relaciones laborales y optimizar la gestión de recursos humanos. Nos adaptamos a la legislación laboral vigente en Murcia para garantizar que las empresas operen de manera ética y eficiente en el ámbito laboral.

Compromiso con la excelencia y la transparencia

En un mercado saturado de opciones, nos destacamos por nuestro compromiso con la excelencia y la transparencia. Cada recomendación, cada estrategia y cada solución propuesta están respaldadas por un profundo análisis y una ética empresarial inquebrantable.

En definitiva, nuestro equipo de profesionales está aquí para ser el socio estratégico que su empresa en Murcia necesita. Nos destacamos por ofrecer un asesoramiento integral, adaptado a las particularidades del entorno empresarial local. Si busca potenciar el éxito de su empresa en Murcia, confíe en nosotros para brindarle el apoyo necesario en consultoría, asesoría fiscal y laboral. Juntos, podemos construir un camino hacia el crecimiento y la prosperidad empresarial.

Descubramos en qué consiste la modificación de los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. Dado que afecta a un buen número de individuos, es interesante estar al día de novedades de este calado.

Descubre en qué consiste la modificación de los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades

Durante 2023, el plazo de presentaciones del modelo 202 que corresponde al primer pago fraccionado del Impuesto sobre sociedades del año, y que se realizó entre el 1 y el 20 de abril.

Anota estos puntos de modificación de ambos modelos:

1.       El nuevo gravamen reducido del 23% a entidades que tengan un importe neto de cifra de negocio inferior a 1 millón de euros en el periodo impositivo anterior inmediato si no tienen consideración de entidad patrimonial.

2.       La limitación del 50% en el importe de toda base imponible negativa individual de cualquiera de las entidades que integren el grupo fiscal en el Impuesto sobre Sociedades.

Como consecuencia de todo ello, se incluye en ambos modelos una casilla nueva en el apartado de datos adicionales. Con esta casilla se logra identificar las entidades con importe neto de cifra de negocio durante el periodo impositivo inmediato anterior que es inferior a un millón de euros.

El modelo 222 también incorpora dos casillas nuevas, que son la 59 y la 60. Ambas se destinan al añadido de ajustes del diferimiento temporal del 50% en bases imponibles negativas del grupo fiscal.

Por lo demás, tanto el modelo 202 como el modelo 222 quedan igual que estaban antes salvo los cambios que aquí hemos anunciado para que los usuarios y clientes lo tengan en cuenta.

Si deseas saber más, contacta con nuestra asesoría de Murcia. Nuestros expertos te atenderán encantados para ayudarte en todos los problemas que surjan en cualquier momento.

¿Qué datos y documentos vas a necesitar para hacer la declaración de la renta? Dado que estamos en fechas clave para esta labor, vamos a explicar con qué has de contar sí o sí para que todo sea legal. Toma buena nota.

Descubre qué necesitas para hacer la declaración de la renta

Veamos los datos y los documentos principales que pedirá la Agencia Tributaria, en especial, si acudes a sus oficinas para confeccionar la declaración. Entre ello, una vez hayas pedido la cita previa, te pedirán:

·         DNI: debes acudir con el original del propio titular, así como con una fotocopia de aquellas personas que figuren en la declaración. Si solo estás tú, con acudir a la oficina con tu DNI sobrará.

·         El número IBAN de tu cuenta bancaria también es importante, sobre todo si hay devolución, pero también si has de pagar.

·         Será necesario aportar las referencias catastrales de los inmuebles en propiedad. También si se vive de alquiler. En otras circunstancias, hará falta el recibo del IBI.

·         Una autorización firmada por los declarantes, así como fotocopias del DNI de los miembros de la unidad familiar o los terceros si se presenta la declaración en su nombre. Para ello, puedes descargar un modelo de autorización que tiene la propia Agencia y que pone al servicio de todos los ciudadanos.

·         Piensa si tienes algún justificante para deducciones autonómicas o estatales, como si vives en inmuebles alquilados, para lo que necesitas el NIF del arrendador, o si has comprado una vivienda para vivir ahí de forma permanente. Recibos de hipotecas, justificantes de donativos… Todo ello son documentos que podrás necesitar.

·         También los certificados de los pagadores para los rendimientos del trabajo.

Habrá otros documentos que vayas a necesitar para hacer la declaración de la renta. Nosotros te recomendamos que confíes en una asesoría de Murcia como la de Torrano Asesores. Tras décadas ayudando a centenares de empresas, autónomos y trabajadores, tenemos una amplia especialización en este campo.

Vamos a conocer las fechas de la campaña de Renta 2023. Es decir, los días clave en esta campaña que está a punto de arrancar y que servirá para que los ciudadanos españoles puedan hacer sus declaraciones y estabilizar sus relaciones con la Agencia Tributaria de nuestro país. Así que toma buena nota de ello, pues esto es muy importante para ti, seas trabajador autónomo o por cuenta ajena.

Conoce las fechas de la campaña de Renta 2023

Sin más dilación entramos en materia. Estas son las fechas importantes para la campaña de Renta 2023, y también para Patrimonio. Así que, ten lista tu declaración de Renta 2022 y, si no sabes cómo o no tienes tiempo, contáctanos:

·         11 de abril. Desde esta fecha y hasta el 30 de junio de 2023, pues este es el tiempo que tenemos para la presentación vía internet de Patrimonio y Renta 2022.

·         5 de mayo. También hasta el 30 de junio de 2023, nos muestra el plazo que hay para confeccionar la declaración de la Renta 2022 vía telefónica previa solicitud a través de los técnicos de la Agencia Tributaria. La cita previa está activada entre el 3 de mayo y el 29 de junio.

·         1 de junio. Desde esta fecha y hasta el 30 de junio será cuando la Agencia Tributaria se encargará de confeccionar las Rentas 2022 de forma presencial en sus oficinas. Para ello, hay que solicitar cita previa entre el 25 de mayo y el 29 de junio.

Conviene recordar antes de despedir que la Agencia Tributaria atiende por teléfono y de forma presencial. Ahora bien, antes hay que pedir cita previa, bien sea a través de su web, bien llamando a uno de sus números de contacto habilitados. Son los siguientes: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Para obtener más información al respecto de las fechas de la campaña de Renta 2023, no tardes en contactar con nuestros asesores profesionales de Murcia.

Entramos en un nuevo año y, como ya es habitual, debemos hablar de las novedades fiscales que trae 2023, pues son varias y conviene tenerlas bien controladas para no fallar.

Sea como fuere, estas novedades son en su mayoría la aplicación final de la reforma fiscal llevada a cabo por el Ejecutivo nacional en 2022, que ya entra en vigor por completo durante el presente año 2023.

Novedades fiscales que trae 2023

No perdamos más tiempo y entremos ya de lleno en el meollo del asunto.

Rebaja fiscal del IVA de los alimentos básicos

Comenzamos por la novedad más importante, la rebaja del IVA en los alimentos básicos. Aquí vemos que el tipo ha afectado a una parte importante de los alimentos.

Los básicos, o sea, panes, leche, huevos, verduras, frutas, patatas, cereales, hortalizas y demás han pasado del 4% al 0% actual.

Otros alimentos y productos de la cesta de la compra también se han visto afectados. Los aceites y las pastas bajan del 10% al 5% mientras que los anticonceptivos y los productos de higiene femenina tributarán solo al 4%.

Subida del mínimo exento en el IRPF

También aquí hay una novedad, pues la subida del mínimo exento de tributación asciende ahora a 15.000 euros, por lo que afecta a todo trabajador que cobre el SMI, y seguirá sin tributar pese a la subida del salario mínimo.

Aumenta la reducción por rendimiento de trabajo y la deducción por maternidad

De la misma forma sube la reducción del rendimiento del trabajo hasta los 21.000 euros. Es decir, afecta a personas con salarios más bajo.

Y sube la deducción por maternidad para madres autónomas, para que apliquen 100 euros de deducción por cada hijo hasta los 3 años.

Estas son algunas de las novedades fiscales que trae 2023, pero hay más. Si quieres saber más sobre el asunto, no dudes en contactar con nuestro equipo de expertos asesores en Murcia.

Como suele ser común cuando acaba un año y comienza el siguiente, llega el momento de ir conociendo las novedades en el IRPF 2023, para que toda persona afectada por este impuesto esté al tanto y sepa cómo actuar y reaccionar.

Conoce las novedades en el IRPF 2023

Comencemos con el tema de las novedades, pues las hay, las debemos tener en cuenta para, por ejemplo, invertir en planes de pensiones, aunque hay cambios en sus rebajas y deducciones.

Inversión en planes de pensiones

Ha habido cambios en este caso. Ahora, la cantidad máxima que podemos aportar y sobre la que podremos lograr deducción es de 1500 euros.

Además, hay beneficios para los planes de pensiones de empleo, pues la aportación máxima es de 8500 euros, y se pueden alcanzar por la contribución de la empresa si así fuese.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Importante considerarlo. Hacienda señala que el final del año es buen momento para contabilizar y compensar las pérdidas que haya podido generar un fondo de acciones, de inversión o derivados patrimoniales. Por tanto, los rendimientos positivos del capital mobiliario se podrán compensar con otros negativos.

Vivienda

En el caso de que poseas una vivienda que haya sido comprada antes del 1 de enero de 2023, recuerda que puedes deducir el 15% de lo aportado a lo largo del año sobre el máximo de 9040 euros.

Por debajo de dicha cuantía, habrá que valorar si compensa la amortización.

Eficiencia energética

También hay novedades en el campo de la eficiencia energética de las viviendas, pues existen tres deducciones temporales desde finales del año pasado enfocadas en las obras de rehabilitación. Para ello hace falta obtener el certificado posterior a la finalización de las obras.

Ten en cuenta estas novedades en el IRPF 2023 para lograr el máximo próximamente. Y, recuerda, si buscas ayuda profesional, en nuestra asesoría de Murcia te podemos echar una mano gracias a nuestros excelentes profesionales.

¿Conoces las opciones para la reducción de IRPF por rescate de plan de pensiones en forma de capital? A continuación, vamos a explicar cómo sucede, pues una nueva resolución ha sido conocida y ha dado las claves al respecto.

La resolución que permite la reducción de IRPF por rescate de plan de pensiones en forma de capital

Una nueva resolución permite la reducción de IRPF por rescate de plan de pensiones en forma de capital gracias al TEAC, el Tribunal Económico Administrativo, que ha echado atrás el criterio que hasta ahora mantenía la Dirección General de Tributos.

Ahora, y según se afirma en el TEAC, se permite aplicar una reducción del 40% a las cantidades que se perciben cuando se rescatan planes de pensiones en modalidad de pago único, al contrario del criterio que hasta la fecha mantenía la Dirección General de Tributos.

La sentencia

El caso concreto procede de la resolución en la que la Administración exigía a un contribuyente un total de 2.847,08 euros en liquidación provisional por eliminar en su declaración la reducción de 5.895,77 euros por rescatar un plan de pensiones con importe de 15.354,75 euros.

¿Por qué pasa esto? Porque el tribunal interpreta que ya se ha aplicado la reducción en la declaración de un ejercicio anterior por el plan rescatado el año antes, el que era objeto de la disputa.

Dicho lo cual, este criterio permite un ahorro notable en impuestos, pues evita la progresividad del IRPF cuando se distribuye el rescate de planes de pensiones en forma de capital durante tres años consecutivos pudiendo aplicar la reducción del 40%.

Si necesitas ayuda de una asesoría en Murcia que te permita aplicar este tipo de criterios actualizados, no dudes en contactar con nuestros expertos para que podamos ponernos manos a la obra cuanto antes y ayudarte en este importante proceso de tu vida.

Todo trabajador por cuenta propia debe conocer bien cómo mejorar su desempeño. En el caso de los temas económicos, un asesor puede ser un salvavidas descomunal. Por ejemplo, para que le explique la amortización deducible para autónomos según la ley. Comenzamos.

Descubre la amortización deducible para autónomos

La amortización deducible en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas va a depender. ¿De qué? Básicamente del método aplicado para determinar el rendimiento de la actividad económica.

Estimación directa normal

Cuando procedemos a la amortización en estimación directa normal, de manera habitual hemos de tener en cuenta el rendimiento neto de la actividad económica que se incluye en el régimen de estimación directa que, a su vez, vendrá determinado por las normas del Impuesto sobre Sociedades.

Estimación directa simplificada

El cálculo del rendimiento neto de la actividad económica a la que se pueda aplicar la modalidad simplificada del método de la estimación directa según la cual también hemos de considerar la amortización del inmovilizado.

Ojo, que en este caso las amortizaciones se van a practicar de forma lineal, usando para ello una tabla de amortización que fue aprobada por la Orden de 27 de marzo de 1998 y que todavía hoy sigue en vigor.

Amortización en estimación objetiva o por módulos

El cálculo se hace con aquellos autónomos acogidos al régimen de módulos. Para ello consideramos la amortización deducible según la Orden del régimen, que no se aplica a las actividades forestales, y que es la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, estimando que todo elemento de inmovilizado tiene un coeficiente lineal máximo y un periodo igualmente máximo.

Amortización en rentas inmobiliarias

El último supuesto. Aquí hay que tener en cuenta la amortización en el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario, incluso si no se trata de un supuesto sobre un autónomo propiamente dicho.

Desde Asesoría Torrano, tu asesoría de confianza en Murcia, ponemos a nuestro equipo profesional a tu disposición para conocer la amortización deducible para autónomos y para hacer cuantas gestiones necesites.

Vamos a conocer las diferencias entre asesorías y despachos profesionales, pues muchas personas confunden ambos términos y no son exactamente lo mismo. Así pues, y dicho esto, ve tomando nota, por favor.

Conoce las diferencias entre asesorías y despachos profesionales

Comenzamos por explicar que una asesoría es una entidad que presta ayuda en temas como la gestión o la resolución de problemas. Suele trabajar a largo plazo, estableciendo relaciones duraderas con el cliente.

Por su parte, el despacho profesional tiende a estar enfocado a cuestiones más bien puntuales y esporádicas.

1.       Recuerda que un asesor empresarial trabajará en cuestiones de largo plazo, por ejemplo, buscando oportunidades de negocio. Un asesor fiscal será aquella persona que te pueda servir de ayuda todos los meses en diversos campos de la fiscalidad, la contabilidad, las nóminas, etc.

2.       Por otro lado, un despacho profesional se encarga de elementos puntuales para cumplir un objetivo específico. Por ejemplo, lograr que la productividad crezca dentro del seno de una compañía.

Así pues, la asesoría y consultoría suele hacer referencia a un servicio que se subcontrata para que sus profesionales lleven a cabo labores que los empleados de la empresa no tienen tiempo o capacidad para hacerlos.

Es común que las sociedades tengan que buscar servicios de asesoramiento y consultoría externa para recibir ayuda más económica que si tuviera que contratar a un profesional para tal fin.

Desde la asesoría se resuelven problemas de gestión, se identifican oportunidades de crecimiento y se implementan cambios significativos para la mejora del día a día.

Si estás buscando ayuda de una asesoría y gestoría en Murcia, no tardes en contactar con nosotros, pues podemos ponernos a tu servicio como hemos hecho ya con una gran cantidad de empresas tanto de la capital como de otras zonas de la comunidad. No tienes más que llamar, comentarnos qué necesitas y fijar una fecha para iniciar la colaboración.

Vamos a conocer cómo queda el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, ya que, después de largas y duras negociaciones entre asociaciones, sindicatos y Gobierno, finalmente se ha llegado a un acuerdo.

A partir de 2025, la cuota mínima será de 200 euros para quienes menos ganen, mientras que la máxima se eleva bastante.

En cualquier caso, así queda el nuevo sistema.

Conoce cómo es el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales

Finalmente, se ha acabado de aprobar un modelo progresivo que arrancará en 2023 y terminará de implantarse en 2025.

Veamos cómo queda este sistema, que ahora incluye un total de 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse según la previsión de ingresos, y que comunicará a la Seguridad Social.

Los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota progresiva entre 2023 y 2025, que comenzará con 230 euros en 2023 y acabará en 200 en 2025 en el caso del mínimo.

Por su parte, los máximos irán creciendo, arrancando en 2023 con un total de 530, para llegar en 2025 hasta los 590 euros una vez que el sistema progresivo se haya implantado por completo.

Por lo que sabemos hasta la fecha, quienes menos pagarán serán los autónomos que ganen hasta 670 euros al mes, con una cuota de 230 euros mensuales y una base de cotización por encima de 751 euros.

En la parte superior, quienes ganen 6000 euros o más al mes pagarán 500 euros mensuales con una base de cotización por encima de los 1633 euros.

Estas cifras se ampliarán o reducirán hasta 2025, cuando quienes menos ganan pagarán 200 euros al mes con base de cotización de 654 euros. Mientras que los que más ganan, pagarán 590 euros mensuales con una base de cotización de 1928 euros.

Así queda hasta la fecha el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales aprobado con acuerdo de todas las partes.

¿Sabes cómo ayuda una asesoría a tu negocio? Hay una serie de elementos que te pueden ser de gran utilidad para que tu empresa o proyecto crezca sin que te tengas que estar preocupando constantemente por los impuestos y las cuentas de la compañía. Te explicamos los porqués.

Descubre cómo ayuda una asesoría a tu negocio

Un autónomo o una pequeña empresa tiene mucho en lo que pensar para salir adelante. Es decir, si más allá de lo que es su producto, su productividad y su finalidad, tiene que estar a vueltas con las cuentas, los impuestos y los beneficios, se pierde mucho tiempo en hacer lo que de verdad tiene que hacer, que es producir.

¿Qué hace la asesoría?

Una asesoría es un servicio profesional que da consejo e información en materia especializada. Por eso las asesorías pueden ser fiscales, técnicas, jurídicas, laborales, contables, y así, un largo etcétera.

Es común que las asesorías centradas en fiscalidad también ayuden en temas laborales y contables, por ejemplo, así como jurídicos y otros. Y, además, también es bastante habitual que ofrezcan servicios de gestoría y administración.

Cómo ayuda a tu negocio

¿Qué hace una asesoría en beneficio de tu negocio? Veamos en qué te podemos ayudar:

·         Contabilidad: nos encargamos de la contabilidad por ti, para que solo te tengas que centrar en tu trabajo. Contabilizamos inversiones, ingresos, gastos, etc.

·         Fiscalidad: el asesor ayuda a la elaboración de las declaraciones fiscales mensuales, trimestrales y anuales para ser presentadas ante Hacienda en tiempo y forma.

·         Laboral: en materia de laboral, actúa como departamento propio de recursos humanos, resolviendo tareas administrativas, altas de empleados, confección de nóminas, informes de la Seguridad Social, dando bajas y despidos, etc.

·         Jurídica: en esta área se involucra la vertiente laboral apoyando en temas de derecho como el administrativo, el mercantil, el civil, el penal, etc.

Con estos detalles claros, ya sabes que aquí podemos ayudarte. Si buscas una asesoría en Murcia que ayude a tu negocio, contáctanos.

Como ya sabrás, el plazo para la declaración de la Renta 2021 que se realiza en 2022 acaba pronto. Pero, ¿conoces el momento exacto y cuánto tiempo te queda de margen? Lo conocemos.

Como todos los años, la Agencia Tributaria hizo públicas las fechas disponibles para presentar la Declaración de la Renta 2021, y el día en el que expira está ya próximo. Por eso, si todavía no has hecho tu presentación, no esperes más, pues el tiempo apremia.

Descubre cuándo acaba el plazo para la declaración de la Renta 2021

Vamos a comenzar a ver las fechas clave, arrancando por el final, que es la más importante en este momento. Y es que cada contribuyente español tiene hasta el próximo 30 de junio de 2022 para presentar su declaración de la Renta 2021, detalle a tener muy en cuenta para que no se pase y podamos vernos en problemas.

·         30 de junio 2022: esa es la fecha en la que finaliza la campaña de la Renta 2021-2022. Antes de ese día tienen que estar las presentaciones cumplimentadas y entregadas correctamente.

Y, además, has de saber que, de forma previa, todavía queda una fecha clave a conocer:

·         27 de junio de 2022: aquí es cuando finaliza el plazo de las declaraciones que han dado como resultado a ingresar, pero se pide que se haga a través de domiciliación bancaria. En el resto de casos, la fecha límite sigue siendo tres días después, es decir, el 30 de junio. No lo olvides.

Hasta el momento, ya estamos en la fase en la que también se ha abierto la opción de atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, por lo que tenemos muchas opciones para realizar el trámite ahora que sabemos cuándo acaba el plazo para la declaración de la Renta 2021. Así que, si buscas una asesoría en Murcia que ofrezca confianza y seguridad en tus papeleos, no dudes en contactarnos.

Ha llegado el momento. De hecho, hace días que estamos inmersos, por eso es necesario conocer las fechas y plazos clave en la Renta 2021, para que no se nos escapen las jornadas importantes y que todo el mundo pueda presentar su declaración sin agobios ni problemas.

Fechas importantes y plazos clave en la Renta 2021

La Renta 2021, la que todos los ciudadanos hemos de presentar este año 2022, al menos quienes estén obligados o deseen hacerlo, aunque no lo estén, ya ha comenzado. Por ello consideramos básico saber qué fechas son las importantes, para que todo el mundo esté al tanto:

1.       6 de abril de 2022: el pasado 6 de abril arrancaba la campaña para presentar la Declaración de la Renta de forma telemática. Es decir, ya está habilitada y se puede hacer, siempre que sea por medios online.

2.       5 de mayo de 2022: sin embargo, el inicio para la presentación de la Declaración de la Renta de forma telefónica no comienza hasta el próximo 5 de mayo. Si tienes intención de usar esta vía, este será el momento adecuado para poder hacerlo, y así, hasta el fin de la campaña, que en breve veremos cuándo es.

3.       1 de junio de 2022: ese es el día en que comienza la atención presencial en las oficinas de la AEAT. Ojo, no se puede acudir antes, ni se debe llamar para preguntar, pues los teléfonos suelen estar muy ocupados en las declaraciones de las personas que eligieron ese método para presentar su Renta 2021.

4.       27 de junio de 2022: es el día en que finaliza el plazo de presentación de aquellas declaraciones cuyo resultado fue a ingresar siguiendo los parámetros de la domiciliación bancaria.

5.       30 de junio de 2022: esta es la jornada en la que acaba de forma definitiva la campaña de la Renta 2021.

Es importante estar atentos a las fechas y plazos clave en la renta 2021 para que estemos al día con nuestras obligaciones con el fisco. Así que, si necesitas una asesoría en Murcia que sepa cómo proceder en estos casos, no dudes en contactarnos.

Aunque envuelta en polémica, finalmente la Reforma Laboral ha sido aprobada y entra en vigor. De hecho, está vigente desde el pasado 2021, de ahí que sea importante saber qué novedades introduce en el ordenamiento de las empresas y cómo afecta a sus trabajadores.

Las novedades de la Reforma Laboral

Vemos de forma prevé y resumidas algunas de las novedades. Son estas:

·         En materia salarial, el convenio de empresa pierde su priorización para evitar prácticas de devaluación.

·         Se eliminan los contratos de obra y servicio. Los existentes tienen una vigencia máxima de 6 meses. A partir de ahí, la empresa debe buscar una opción diferente.

·         Se limitan los contratos laborales a circunstancias productivas y de sustitución. Habrá opciones de 6 meses ampliables a otros 6 meses más.

·         Tras 18 meses de contrato en dos años el contrato laboral pasa a ser fijo.

·         Se elevan las multas para aquellas empresas que tengan trabajadores en sus filas con contratos no adecuados. Estas pueden alcanzar máximos de 10.000 euros.

·         También habrá penalizaciones de 26 euros de coste adicional en la cotización a la Seguridad Social por día por cada contrato realizado con una duración inferior a 30 días.

·         Entre los nuevos contratos, el fijo discontinuo será el destinado a la actividad estacional para trabajos de naturaleza de temporada.

·         Contrato formativo en doble modalidad. Ahora se diferencia entre formación en alternancia, limitada a 30 años del contratado y con duración máxima de 2 años, y práctica profesional, que sigue como en la actualidad.

·         Hay una revisión del mecanismo del ERTE por causas de producción, organización, economía o motivos técnicos.

·         Se ha creado un mecanismo red para hacer frente a crisis sectoriales y económicas.

Si deseas conocer en mayor profundidad estas 10 novedades importantes que introduce la Reforma Laboral, no dudes en contactarnos para que te pongamos al día y sepas cómo afectan las medidas a tu situación laboral y empresarial.

¿Qué hace una asesoría fiscal en Murcia? Por lo general, nuestros profesionales son expertos en contabilidad y fiscalidad, de ahí que sirvan de ayuda a empresas y autónomos para asegurar que cumplen con sus obligaciones y tienen la administración de su actividad al día.

Por tanto, el asesor fiscal es la figura que, como autónomo o inmerso en el organigrama de una asesoría, asesora a sus clientes para que cumplan con las obligaciones fiscales pertinentes.

Las funciones de la asesoría fiscal en Murcia

Dicho esto, las funciones principales serían las siguientes:

1.       Asesoramiento en materias relacionadas con la gestión y la administración de una empresa.

2.       Asesoramiento a emprendedores que comienzan con su negocio.

3.       Gestión de altas y bajas de actividad económica en la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

4.       Elección de las mejores formas jurídicas que debe adoptar una empresa, ya sea sociedad anónima, sociedad limitada, cooperativa, etc.

5.       Representación al frente de la Agencia Tributaria o de un tribunal durante un proceso fiscal.

6.       Llevanza de la contabilidad y la facturación de las empresas y autónomos que son clientes de la asesoría fiscal.

7.       Control de las nóminas y los salarios de las empresas que contratan los servicios de la asesoría.

8.       Se elaboran balances, así como informes contables en los que queden claras las situaciones. Hay balances de muchos tipos, como apertura, cierre o cuenta de resultados.

9.       Se hacen declaraciones fiscales periódicas, como la presentación de diversos modelos, por ejemplo, modelo 303 para el IVA, modelos 130 y 131, etc.

10.   También se realizan auditorías de cuentas cuando sea requerido.

11.   Es importante crear una adecuada planificación de patrimonio y activos.

12.   Se asesora en todo, desde programas de contabilidad hasta en el uso de programas de facturación.

Si necesitas una asesoría fiscal en Murcia con recorrido, renombre y garantía de buen hacer, ya sabes, contáctanos y nos pondremos a tu servicio ipso facto.

Vamos a explicar brevemente en qué consiste el modelo 037, quién está obligado a presentarlo y cómo hacerlo para que no haya problemas legales con la Hacienda pública. Comenzamos.

El modelo 037

Es una declaración censal simplificada. Es decir, se destina a empresarios, y también a profesionales que desarrollan su actividad en territorio español o cuyos rendimientos estén sujetos a retención. De esta forma es como comunican el alta en su actividad, ya sea como empresas o como autónomos, a la Agencia Tributaria.

A través de este modelo, además, también se comunican las modificaciones que se realicen en los datos de la actividad del profesional, o bien del empresario. Igualmente sirve para avisar de la posible baja en el censo.

Quién y cuándo presenta este modelo

Este modelo es presentado por empresarios, así como por profesionales que desarrollen actividades en el territorio español por cuenta propia.

Además, el modelo 037 se presenta para la comunicación de que el profesional se da de alta en alguna actividad profesional o empresarial, antes de iniciar dicha actividad, para la realización de operaciones y retenciones.

También tiene que ser presentado cuando se vayan a realizar modificaciones o bajas, siempre con un mes de antelación a contar desde el día siguiente al que vaya a producirse la citada baja, o bien la modificación en aquella actividad en la que se va a retener.

La forma de presentar del modelo varía. Entre las que tiene el contribuyente disponible encontramos dos principales:

·         Método telemático: se hace de forma telemática, con certificado y firma digital, desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

·         Método clásico: se entrega el impreso cumplimentado y firmado por el titular que realizará la actividad. Se debe acudir a la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria que corresponda al domicilio fiscal del citado titular.

A grandes rasgos, esto es cuanto has de saber sobre el modelo 037. En cualquier caso, conviene acudir a un profesional que ayude en estos casos. Si necesitas una asesoría en Murcia, puedes contar con nuestros servicios si nos contactas cuando lo requieras.

Desde 2018 se están aplicando planes de choque de la ITSS para localizar trabajadores contratados de forma irregular. Estas medidas implantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social están siendo bastante efectivas para evitar la temporalidad abusiva y para desenmascarar incumplimientos del Estatuto de los Trabajadores.

Las medidas comenzaron a tomarse en abril de 2018 bajo el nombre de planes de choque. Solo durante el año citado de 2018 ya se enviaron casi 80.000 cartas para motivar que casi 120.000 trabajadores que estaban en situación de temporalidad pasaran a ser indefinidos, o sea, sobre el 70% de los empleados a los que se dirigían dichas misivas.

Mantén tu empresa acorde a los planes de choque de la ITSS para localizar trabajadores contratados de forma irregular

Porque si no lo haces, la ITSS podría entender que tienes trabajadores en fraude de ley, lo que conlleva sanciones y multas, dado que estos planes de choque están teniendo una efectividad bastante elevada y solo en 2019 casi 170.000 trabajadores pasaron de la temporalidad a la indefinición, siendo la cantidad el doble de la lograda en 2018.

En 2021 se han convertido en indefinidos sobre 270.000 contratos temporales. Así pues, cuidar la legalidad de estos detalles para no cometer infracciones en supuestos similares a estos:

·         Siempre que la empresa haya incumplido con el requisito por contrato de que sea formalizado por escrito.

·         Por incumplimiento al no dar de alta a un trabador.

·         Por estar en fraude de ley por el tipo de contrato si no se asemeja a las exigencias del puesto. 

·         Cuando el contrato firmado sea de obra y servicio o temporal mientras el empleado sigue trabajando en la empresa acabada la vigencia del documento.

En cualquier caso, si necesitas ayuda y mayor conocimiento de estos planes de choque de la ITSS para localizar trabajadores contratados de forma irregular, puedes contactar con nuestra asesoría de Murcia. Juntos encontraremos la mejor solución.

Aunque ha entrado en vigor en enero de 2021 y tiene ya casi un año, todavía hay muchos contribuyentes que no conocen qué es el impuesto sobre transacciones financieras. Es por ello que queremos explicar a continuación qué es y quiénes están obligados a cumplimentarlo.  

El impuesto sobre transacciones financieras

Este impuesto que entró vigor el pasado mes de enero está centrado en el gravamen de la adquisición de acciones que han sido emitidas por sociedades españolas a título oneroso. Son independientes de la persona, pues ya sea jurídica o física, o lo haga desde un lugar u otro, estarán asociadas a este impuesto.

Como impuesto indirecto, muestra que su tipo aplicable es del 0,2%. El devengo del mismo se produce cuando se anota a favor del contribuyente en referencia a los valores objeto de la ya citada adquisición onerosa constituida por el hecho imponible.

Además, conviene recordar que el importe de la contraprestación se convertirá en la base imponible del impuesto. Eso sí, no incluirá gastos que se asocien a la transacción.  

Afectados por el nuevo impuesto

¿A quién afecta la implantación de este impuesto? Toda persona que adquiera valores se verá implicada. En este caso, el sujeto pasivo será quien transmita o ejecute órdenes de adquisición, que, por lo general, suele ser el intermediario financiero.

Las acciones gravadas por el impuesto

Este impuesto grava ciertas transacciones financieras que, en todo caso, reunirán estas características:

1.       Valor de la capitalización bursátil siempre que sea superior a los 1000 millones de euros.

2.       Adquisición de acciones de sociedades cuyas acciones en propiedad estén admitidas para negociar.

3.       Estas acciones son independientes de dónde se haya producido la transacción. El gravamen se aplica en cualquier caso. 

Así es el impuesto sobre transacciones financieras que se empieza a gestionar ya desde hace unos meses. Si deseas conocer más, puedes contactar con nuestra asesoría en Murcia para recabar información personalizada de primera mano.

Llegada esta época del año, consideramos clave conocer cuáles son las sanciones que se pueden sufrir al no depositar las cuentas anuales según aparece en la ley. Es necesario evitar cualquier tipo de multa por no hacer las cosas correctamente.

Las consecuencias y sanciones cuando no se depositan las cuentas anuales

Una vez que una sociedad cualquiera no deposita las cuentas anuales en tiempo y forma, tal y como está obligada por ley, se pasa a cerrar una Hoja Registral. A partir de ese momento, dichas cuentas ya no podrán ser inscritas en el Registro Mercantil. Ni este documento ni cualquier otro aparecerá mientras el incumplimiento permanezca.

Además de impedir que se puedan revocar poderes o cesar administradores, entre otras funciones como nombrar liquidadores o disolver sociedades, no presentar las cuentas ofrece muy mala imagen. Puesto que son públicas, muchas personas o futuros inversores las investigan para conocer el estado de la sociedad. Si no están, se pueden perder opciones de financiación, por ejemplo.

Régimen sancionador

Antaño, el régimen sancionador corría a cargo del ICAC, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. Hoy en día ya tenemos un RD que permite sancionar también a los registradores mercantiles.

En la actualidad, las sanciones fijadas por ley pueden alcanzar mínimos de 1200 euros y máximos de 60.000 euros. No obstante, en sociedades con volúmenes de facturación por encima de los 6 millones podrían subir hasta 300.000 euros por año desfasado.

Así pues, y siempre atendiendo al Real Decreto 2/2021, la sanción se va a calcular a través del 0,5 por mil del importe total de las partidas de activos. A ello se va a sumar el 0,5 por mil de la cifra de venta. Todo incluido según la última declaración prestada.

Ahora bien, como punto final, conviene recordar que, aportando la declaración tributaria, y tras aplicar los porcentajes antes marcados, siempre que las ventas superen el 2% del capital social, se puede reducir la cuantía de la sanción final en un 10%.

Es necesario conocer bien cuáles son las sanciones cuando no se depositan las cuentas anuales. Para estar al día y no caer en errores salvables, contacta con nuestra asesoría de Murcia para obtener un servicio personalizado para tu empresa.

Si no haces las cosas bien, las sanciones que te puede poner Hacienda podrían alcanzar cifras elevadas, dado que la Administración Pública en nombre de la Agencia Tributaria acrecienta y refuerza los controles de vigilancia ante las faltas y los posibles fraudes.

Cuáles son los tipos de sanciones que te puede poner Hacienda

Una sanción puede salir muy cara. Hay que prestar atención a cada detalle para no recibir una multa por parte de la Agencia Tributaria. Descuidos, retrasos o intentos de fraude intencionados o no están fuertemente penalizados.

Existen dos posibles situaciones con consecuencias diferentes:

·         Si Hacienda te requiere la rendición de cuentas.

·         Si Hacienda no te requiere la citada rendición.

Declaración cuando no has sido requerido por Hacienda

Si antes de que Hacienda te requiera tú haces una declaración extemporánea, tendrás un recargo, pero no una sanción.

·         En 3 meses tras acabar el plazo: recargo del 5% sobre el importe de la declaración.

·         Entre 3 y 6 meses: recargo del 10%.

·         Entre 6 y 12 meses: recargo del 15%.

·         Pasados 12 meses: recargo del 20%.

En ningún caso habrá sanción o intereses de demora salvo si se supera el año, que contarán hasta la presentación de la declaración.

Si hay requerimiento de Hacienda

Cuando es Hacienda la que hace un requerimiento por una declaración que no fue presentada, la sanción es más elevada. Va del 50% al 150% de la deuda dependiendo del perjuicio causado a la Hacienda Pública y de la repetición o acumulación de otras infracciones.

Puedes aplicar reducciones del 30% si se acepta la sanción, y del 25% si se ingresa en el periodo voluntario. La primera es una reducción por conformidad, la segunda reducción por pago.

Existen diversos tipos de sanciones e infracciones que puede imponer la Agencia Tributaria. Si necesitas más información alrededor de este tema, recuerda contactar con nuestra asesoría en Murcia. Somos expertos con varias décadas de experiencia en el sector.

Es una pregunta que se hacen las parejas cada año cuando llega el momento de presentar la declaración de la renta. ¿Es mejor optar por la opción conjunta o individual? Lo cierto es que no hay una respuesta específica para ello, ya que dependerá de cada caso.

Declaración de la renta individual, la opción más demandada

Si bien en ciertos casos la declaración conjunta de la renta puede ser más provechosa, lo común es hacerla individual que, a día de hoy, es el sistema más habitual.

Ahora bien, ¿qué requisitos se piden para hacer una declaración conjunta? Si no se cumplen con alguno de ellos, no se puede elegir, por lo que ya sabes que te tocará hacerla individual:

·         El matrimonio no estará separado legalmente y tendrá hijos menores de edad que no vivan de forma independiente. Si son hijos mayores de edad, pero incapacitados judicialmente, también entran en este apartado. Reducción de 3400 euros al año en base imponible.

·         En caso de no haber matrimonio, pero sí padres que sean convivientes y cumplan los requisitos antes mencionados. La reducción se establece en 2150 euros anuales.

·         Si se es pareja de hecho, solo una de las partes puede formar unidad familiar con los hijos si se cumplen los requisitos mencionados. La reducción se establece en 2150 euros anuales.

·         Cuando se da el caso de familias monoparentales, la unidad familiar está formada por un progenitor y sus hijos. La reducción se establece en 2150 euros anuales.

Sea como fuere, el mínimo que el contribuyente ha ganado debe alcanzar los 5500 euros anuales en cualquier modalidad sin que importe el número de miembros que forman la unidad.

La decisión a este respecto que tomes será clave, ya que una vez entregada la declaración, no hay vuelta atrás ni cambio posible. Y es que todos los miembros de la familia estarán sometidos a este impuesto conjunto y solidario, por lo que todos se avienen al procedimiento.

En el momento de decidir, considera tus ingresos, tus aportaciones a planes de pensiones y tus inversiones en vivienda. Se es rentable, la declaración conjunta puede ser interesante. Si no, individual. No obstante, lo mejor es consultar con expertos como los que forman nuestra asesoría de Murcia.

A pesar de que 2020 ha sido un año extraño que provocará que muchas personas se vean obligadas a realizar la Declaración de la Renta 2020, también hay otros ciudadanos que no tendrán tal obligación. Los conocemos.

Condiciones para realizar la Declaración de la Renta 2020 según tu caso

Conocemos los casos más comunes.

Rendimientos del trabajo

Toda persona que no gane más de 22000 euros no está obligada a declarar. Ahora bien, solo se puede haber percibido dicho rendimiento del trabajo de un solo pagador. En el caso de que haya un segundo o más, hay que estudiar cada caso pormenorizadamente.

El ciudadano que haya ganado más de 22000 euros anuales recibidos de al menos dos pagadores, siendo el segundo pagador el que haya superado un pago superior a 1500 euros al año, está obligado a presentar declaración.

Igualmente, no tienen obligación de declarar aquellos ciudadanos cuyos ingresos no superen los 14000 euros al año según estas condiciones:

·         Perciben pensiones compensatorias o anualidades por alimentos.

·         El pagador del rendimiento no tiene obligación de retener.

·         Los rendimientos proceden de más de un pagador, pero solo uno supera la cantidad de 1500 euros anuales.

·         Se perciben rendimientos sujetos a tipos fijos de retención.

Rendimiento de capital mobiliario

En caso de contar con este tipo de rendimiento, estarán exentos los ciudadanos que hayan obtenido menos de 1600 euros en el año.

Otra excepción se realiza si se han ganado menos de 1000 euros en estos casos:

·         Rendimiento de letras del tesoro.

·         Rentas inmobiliarias imputadas.

·         Ganancias patrimoniales que provienen de ayudas públicas.

·         Subvenciones para adquirir una VPO o de precio tasado.

Además de estas consideraciones, los ciudadanos cuyos rendimientos íntegros del trabajo, de actividades económicas, capital o ganancias patrimoniales cuya suma no superen los 1000 euros o cuyas pérdidas sean inferiores a 500 € tampoco deben declarar.

Los ERTE

Durante el año 2020, debido a la crisis sanitaria provocada por la pandemia de Covid-19, muchos trabajadores se han visto afectados por el ERTE. ¿Qué sucede en estos casos? Veamos.

Hemos de tener claro que los ERTE han sido abonados por el Servicio Público de Empleo, o sea, el SEPE. Es decir, que, a todos los efectos, consta como un segundo pagador. Esto significa que, si se han recibido más de 1500 euros por parte del SEPE o algún otro pagador, y se cumplen las condiciones antes explicadas, el ciudadano está obligado a presentar la Declaración de la Renta 2020.

En el deseo de que tengas claro quiénes no están obligados a realizar la Declaración de la Renta 2020, te invitamos a que nos contactes para que solventemos las dudas que te hayan podido quedar.

Estamos ya en plena campaña de Renta 2020, de ahí que consideremos muy importante que todos los contribuyentes de este país, estén obligados o no a presentarla, conozcan cuáles son las fechas clave, máxime tratándose de un año tan especial como el pasado, afectado por la pandemia sanitaria mundial.

Fechas clave de la Renta 2020

El pasado 7 de abril arrancaba la campaña de Renta 2020, tal y como publicaba la Agencia Tributaria como hace año tras año. Quiere decir que, de modo telemático, ya se puede presentar la declaración de Renta y Patrimonio 2020 a través de internet, siempre por la vía electrónica, usando la app de la Agencia o bien el servicio Renta WEB.

A partir de este momento, las siguientes fechas importantes son estas:

·         4 de mayo de 2021: es el día en que se habilita el servicio de cita previa a través del Plan ‘Le Llamamos’ de la AEAT. Se puede solicitar por medio de la app o de la web.

·         6 de mayo de 2021: empieza la atención telefónica englobada en el mismo Plan ‘Le Llamamos’ del que ya hemos hablado en el punto anterior. Ya se puede pedir cita previa vía teléfono siempre que se tengan los datos y documentos preparados.

·         27 de mayo de 2021: este es el día en que empieza el plazo de solicitud de cita previa cuando se requiere atención presencial en las oficinas de la AEAT y de las entidades que colaboran en este proceso. se puede solicitar dicha cita a través de la app y la web de la Agencia, o usando los teléfonos habilitados.

·         2 de junio de 2021: comienza la atención presencial en las oficinas de la AEAT y en las entidades colaboradoras. Eso sí, solo se puede asistir con cita previa.

·         25 de junio: si el resultado de la declaración sale a pagar, este es el último día para presentarla si se quiere domiciliar dicho pago.

·         29 de junio de 2021: último día para solicitar cita previa por teléfono o presencial.

·         30 de junio de 2021: último día de campaña de Renta 2020. Si se presenta después de esta jornada, estará fuera de plazo y será motivo de recargo, sanción e intereses de demora.

·         5 de noviembre de 2021: este es el último día para pagar, incluso si se eligió el pago fraccionado, cuyo último plazo ha de estar ingresado en esta fecha.

Si quieres saber más sobre las fechas clave de la Renta 2020, ponte en contacto con nosotros.

En efecto, un nuevo cambio en el régimen sancionador explica los problemas a los que te enfrentas si no depositas las cuentas en el Registro Mercantil en tiempo y forma. Lo conocemos.

Si no depositas las cuentas en el Registro Mercantil, te arriesgas a estas nuevas sanciones

La ley es clara. Todo está estipulado en el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, de Auditoría de Cuentas, en el que se marca un nuevo régimen sancionador, todo ello establecido en la disposición adicional undécima, siguiendo los precedentes que ya conocemos y que están recogidos en el artículo 283 del Texto Refundido de la TRLSC.

En el marco colaborativo para proponer decisiones y para gestionar expedientes sancionadores generados por los incumplimientos del deber de depositar las cuentas al Registro Mercantil por la razón del domicilio de todo individuo obligado se ha delegado en el Colegio Oficial de Registradores de la Propiedad y Mercantiles y de Bienes Muebles de España, que recibirá una comisión retribuida debido a su desempeño.

Así pues, con esta medida se logran dos beneficios:

1.       Es una nueva fuente de ingresos para el Colegio Oficial de Registradores.

2.       Se persigue a esas sociedades inactivas sin liquidez para seguir operando, lo que las hace acumular impagos y problemas financieros.

El nuevo régimen

El nuevo régimen sancionador según los límites que establece el artículo 283 del TRLSC queda de la siguiente manera:

·         La sanción se reduce un 10% si se aporta declaración tributaria con resultado de porcentajes aplicados de la suma de ventas y partidas de activo que superen el 2% del capital social.

·         Si se ha aportado una declaración tributaria, la sanción será del 2% del capital social.

·         La sanción será del 0,5% por mil del importe de las partidas de activo. A ello se suma el 0,5% por mil de la cifra que obtuvo la entidad incluida en la declaración presentada ante la Administración Tributaria.

Hasta aquí lo que conocemos del nuevo régimen sancionador. Si necesitas saber más sobre este tema, no dudes en contactarnos para que te podamos explicar de forma personalizada el funcionamiento.

Buena noticia que atañe a todos los contribuyentes de este país. La Agencia Tributaria ha puesto en marcha ADI, un mostrador virtual dedicado a una mejora significativa en la atención al cliente que se otorga a empresas y a contribuyentes. Vamos a conocer un poco mejor este servicio.

Qué es ADI, el mostrador virtual de la Agencia Tributaria

Una de las grandes reclamaciones de un buen número de contribuyentes se refiere a la administración electrónica. En demasiadas ocasiones, autónomos, empresas y ciudadanos se sienten desamparados por los problemas que encuentran para resolver sus dudas.

Así pues, este mostrador virtual aprovecha la tecnología actual para ofrecer al contribuyente un asistente online con el que interactuar a través de videollamadas, chats instantáneos y otros canales que vienen a sustituir la única modalidad de contacto telefónico.

Para que este servicio sea totalmente útil, la Agencia lo ha dotado de un amplio horario de atención al público en general, que va desde las 9 de la mañana hasta las 19 de la tarde. Y todo ello pudiendo ser atendido por personal especializado dedicado en exclusiva a las labores de asistencia que, además, está centrado por completo en este tipo de asistencia, con criterio unificado y experto en la aplicación de la norma tributaria y la seguridad jurídica.

Este nuevo departamento dispone de dos sedes, una ubicada en Valencia, la más cercana a nuestra ciudad, y otra en Madrid. Pronto se unirán otras dos en Andalucía y Galicia.

Cada sede está especializada en un área. Por ello, Valencia, por ejemplo, es la ideal para tratar temas como el IVA, mientras que Madrid es donde están los expertos en control del IRPF. A lo largo del año aparecerán nuevas sedes con otras especialidades.

Recuerda, tanto ADI, el mostrador virtual de la Agencia Tributaria para atención a empresas y contribuyentes, como nuestra asesoría de Murcia podemos ayudarte con tu declaración y tus necesidades. Si nos requieres, contáctanos hoy mismo.

Alcanzado un acuerdo entre asociaciones de autónomos y Gobierno, hasta el próximo 31 de mayo de 2021 el colectivo podrá paliar los efectos de la pandemia en su negocio gracias a un nuevo paquete de medidas que flexibiliza las condiciones, como vemos a continuación. Estas son las ayudas para autónomos afectados por la pandemia.

Ayudas para autónomos cuyo negocio se ha visto afectado por la pandemia

Merced al acuerdo alcanzado, las condiciones se han flexibilizado para que aquellos profesionales afectados por la pandemia reciban ciertos beneficios:

1.       La prestación extraordinaria por cese de actividad irá acompañada de un aplazamiento de la subida de tipos.

2.       Se ha suspendido la subida de cuota que debía de entrar en vigor en 2021 y que, de momento, queda retrasada hasta el próximo 31 de mayo de 2021.

3.       Han sido eliminadas las trabas para acceder a las ayudas de los autónomos de temporada.

4.       El nivel de caída de la actividad para poder cobrar la prestación y estar exonerado en un 100% de las cuotas ha sido reducido del 75% al 50%. Esta medida ayuda a aquellos autónomos que sufren las restricciones de horario y aforo.

5.       Acceso al cese de actividad en diversos casos, ya sea suspensión temporal o completa.

6.       La prestación será del 50% de la base mínima, quedando exento a su vez de la cuota mensual al Reta si se ha tenido que suspender toda actividad.

7.       En casos de restricciones de aforo y horarios acreditadas, la prestación será del 50% de la base, quedando exento de la cuota a la Seguridad Social.

8.       La prestación de cese compatible con el trabajo con reducción de ingresos computables fiscalmente superando el 50% de los obtenidos en el segundo semestre de 2019 tendrán una prestación del 50% de la base reguladora y queda exonerado de cuotas.

Si necesitas saber más sobre estas y otras ayudas para autónomos afectados por la pandemia, ponte en contacto con nosotros. Podemos ayudarte.

El final de un ejercicio fiscal y contable se trata de un proceso que hay que hacer con detenimiento y valorando todos los aspectos, especialmente este año con el cierre 2020 y los aspectos relacionados con la Covid-19 a tener en cuenta.

Este año se ha caracterizado por ser uno de los más convulsos que nos ha tocado vivir, lo cual ha afectado a todos los aspectos. Así pues, los temas económicos en las empresas no han sido menos afectados, y todo esto se tiene que reflejar tanto contable como fiscalmente. Veamos algunos puntos principales.

Cierre 2020. Cuáles son los aspectos principales relacionados con la Covid-19

Exoneraciones de las cuotas de la Seguridad Social a causa de los ERTEs

Una de las medidas excepcionales adoptadas a causa de la pandemia de Coronavirus fue la posibilidad de que las empresas se acogieran a ERTEs con bonificaciones en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

En este caso el gasto por Seguridad Social a cargo de la empresa se continúa produciendo, aunque no se produzca el pago por estar bonificado, por tanto, contable y fiscalmente equivale a una subvención y como tal deberá ser registrada.

Ayudas concedidas por Administraciones Públicas

Las diferentes Administraciones Públicas han establecido a lo largo del ejercicio 2020 diferentes ayudas para empresas como exenciones, prestaciones, bonificaciones, descuentos, moratorias, incentivos, desgravaciones, etc. Las empresas que hayan sido beneficiarias de alguna o varias de estas ayudas deberán evaluarlas una a una para verificar si son consideradas subvenciones o no y dependiendo de este hecho, y declararlas de un modo u otro.

Provisiones y contingencias por ERTEs y ayudas

Toda la normativa referente a ERTEs y ayudas ha sido muy numerosa y variable y en muchos casos se han concedido previamente a la comprobación. Por eso es conveniente dotar una provisión siguiendo la normativa contable y fiscal correspondiente por si no se hubieran cumplido correctamente los requisitos exigidos y hubiera que proceder a la devolución de alguna de estas ayudas.

Estos son algunos de los principales aspectos referentes al Cierre 2020 en relación con la Covid-19.

El autoempleo es un camino que cada vez más personas eligen como medio de vida. Antes de iniciar la aventura de trabajar por cuenta propia es importante saber cómo realizar el alta de autónomo correctamente.

Aunque a priori puede parecer un proceso sencillo, realmente hay que hacer todos los trámites de una manera adecuada y cumpliendo los plazos exigidos y adjuntando los datos correctos que requieren las diferentes Administraciones, ya que los datos incorrectos o el incumplimiento de los plazos conllevan consecuencias económicas desagradables.

Cómo realizar el alta de autónomo correctamente

Para comenzar a trabajar por cuenta propia deberás realizar dos trámites con carácter obligatorio: uno es el alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). El otro es el alta en la AEAT en declaraciones censales y actividades económicas.

En ambos casos hay que tener especial cuidado en la elección del epígrafe correcto, puesto que este es el que va a marcar las obligaciones futuras de la actividad.

Tener en cuenta los plazos de la Seguridad Social y de la AEAT

Ambos trámites de alta en sendos organismos oficiales deben realizarse previamente al comienzo de la actividad. Para ello se dispone de un plazo de 60 días siempre antes de comenzar la actividad de autónomo.

Y el alta en la Seguridad Social se debe realizar antes del alta en la AEAT o de forma simultánea.

Otro tema que hay que tener en cuenta es la solicitud de bonificaciones o de ayudas para los nuevos autónomos que cumplan las condiciones para ello, como, por ejemplo, la tarifa plana. Estas deben ser solicitadas en el momento de cursar el alta en la Seguridad Social, puesto que si no se hace así se pierden ya que no tienen carácter retroactivo.

Para evitar complicaciones no deseadas en un proceso tan importante como es el de realizar el alta de autónomo, te aconsejamos que cuentes con un equipo profesional como el nuestro que cuenta con los conocimientos, la experiencia y los medios necesarios.

Hoy en día se puede pagar una cuota reducida de autónomos, ya que existen supuestos que así lo permiten. De hecho, cuando un individuo empieza a trabajar por cuenta propia, recibe una serie de incentivos para que pueda poner en marcha su actividad, de manera que recibe facilidades para seguir adelante mientras su proyecto se asienta.

¿Cuándo se contribuye menos y se paga una cuota reducida de autónomos?

Comenzamos a observar los supuestos en los que se paga menos a la Seguridad Social una vez estamos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos:

-          Primeros doce meses: hace unos años que se implementó para animar a la población a emprender. La cuota es de 60 € durante el primer año de actividad. En municipios de menos de 5000 habitantes, el periodo es de 24 meses.

-          Meses 12 a 36: a partir de los 12 meses, la cuota va elevándose de forma proporcional. Hasta los 18 meses pasa a una reducción del 50%; hasta los 24 meses, se reduce un 30%; hasta los 36 meses, la bonificación es del 30% para autónomos menos de 30 años, y menores de 35 en mujeres autónomas.

Otros casos

Existen otros casos en los que se paga una cuota de autónomo reducida. Veamos los más habituales:

-          Si se es nuevo autónomo societario: entró en vigor en septiembre de 2020.

-          Cuota reducida para nuevos autónomos con discapacidad: dependiendo del porcentaje de discapacidad, puede haber reducción del 50% hasta por 48 meses.

-          Autónomos con pluriactividad: tienen dos opciones. Una como nuevos autónomos por cuenta ajena a jornada completa, otra como nuevos autónomos contratados a tiempo parcial.

-          Bonificación para conciliación familiar y laboral: hay tres supuestos. Cuota cero por paternidad o maternidad. Cuota cero para madres retiradas por el cuidado de personas dependientes o menores. Madres reincorporadas a la actividad económica.

-          Autónomos en jubilación activa que reciben la cuota reducida de ‘solidaridad’.

Recuerda, ahora que sabes cuándo se paga una cuota reducida de autónomos, contáctanos para que ampliemos información y te ayudemos en este paso importante de tu actividad profesional.

Debido a la nueva situación sanitaria a nivel nacional ocasionada por los nuevos rebrotes de contagios por COVID-19, se produce una nueva prórroga de los ERTE para empresas y autónomos.

Debido a que el día 30 de septiembre se produce la finalización de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, pero la pandemia sigue afectando al desarrollo de la actividad y por tanto a la economía de empresas y autónomos, se establece la necesidad de seguir aplicando medidas para paliar de algún modo la situación.

Estas han sido incluidas en el nuevo Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, cuya entrada en vigor se hay producido el día 1 de octubre de 2020 y que contempla tanto la prórroga de ERTES ya existentes.

ERTES que se prorrogan

Se amplía la vigencia de los mismos desde el 1 de octubre hasta el día 31 de enero de 2021 y son los siguientes:

De Fuerza Mayor

Continúan siendo válidos y se prorrogan de manera automática.

Por Rebrote

Se tendrá que solicitar la prórroga y las exenciones serán de dos tipos. La primera del 100% en los casos de empresas que el día 29/02/2020 tuvieran un número inferior a 50 empleados. Si la cifra en dicha fecha era superior se estaría en el segundo tipo y se le aplicará una exención del 90%.

Por Causas Económicas, Técnicas, Organizativas O De Producción (ETOP)

Para estos también se contemplan dos opciones:

1.       Los vigentes con anterioridad al 30 de septiembre de 2020, en cuyo caso se solicitará la prórroga y se mantendrá el acuerdo anteriormente comunicado.

2.       Que sean solicitados entre las fechas 30 de septiembre y 31 de enero de 2021 y las exoneraciones de las cotizaciones se regirán por el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

3.       En ambos casos, será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional primera en cuanto a códigos CNAE a los que se le permite.

Si necesitas una prórroga de los ERTE para empresas y autónomos, contacta con nuestra asesoría para gestionarlo en las fechas requeridas.

Como cada ejercicio contable y fiscal, las empresas tienen que presentar en el Registro Mercantil de la provincia que les corresponda su situación económica anual. Esto se tiene que realizar en unas fechas determinadas que este año debido a la pandemia han sido modificadas. Así pues, te explicamos cuáles son los nuevos plazos de las Cuentas Anuales 2019.

La pandemia mundial provocada por la COVID-19 debido al tiempo de estado de alarma interrumpió los plazos administrativos, suspensión que también afectó a las cuentas anuales y fue incluida en el “Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19” y cuya posterior reanudación se publicó en el “Real Decreto 19/2020, de 26 de mayo, por el que se adoptan medidas complementarias en materia agraria, científica, económica, de empleo y Seguridad Social y tributarias para paliar los efectos del COVID-19”, quedando los plazos del siguiente modo.

Cuáles son los nuevos plazos de las Cuentas Anuales 2019

Los cambios introducidos afectan a los plazos de formulación, a los de aprobación y a los de depósito de las cuentas anuales, todos fueron suspendidos y su reanudación se produjo el día 1 de junio por tanto se retrasan y quedan de esta manera:

·         Formulación de las cuentas: 1 de junio de 2020, fecha en la que fueron reanudados los plazos administrativos y a partir de la cual se tiene la disponibilidad de tres meses para realizar este trámite que deberá concluir como máximo el día 31 de agosto de 2020.

·         Aprobación de las cuentas anuales y aplicación del resultado: este plazo se reduce de tres meses a dos, por tanto, el día 31 de octubre de 2020 como muy tarde deberá ser realizada la junta general ordinaria donde se harán dichos trámites.

·         Depósito de cuentas anuales: 30 de noviembre de 2020 es el último día para la presentación de estas en el Registro Mercantil.

·         Si las cuentas se han formulado durante el período de vigencia del estado de alarma están serán válidas y se podrán presentar en los plazos que le correspondan.

Estos son los nuevos plazos de las Cuentas Anuales 2019. Para cumplirlos correctamente cuenta con nuestro equipo de profesionales.

Se han producido más novedades respecto a las consecuencias de la pandemia en los trabajadores por cuenta propia. Por lo tanto, te contamos qué cambios hay en la prestación de cese de actividad para autónomos.

Los cambios que trae la prórroga de la prestación de cese de actividad para autónomos

Estos se encuentran contenidos en el Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial. A continuación, mostramos un breve resumen.

Prórroga de la prestación

Desde el día 1 de julio de 2020, aquellos autónomos que reciban la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, verán prorrogado este derecho hasta el 30 de septiembre de 2020.

Elección del tipo de la prestación

También a partir del citado día 1 de julio se tendrá que elegir la modalidad de la prestación. Los tipos son los siguientes:

·         Solicitud de la prestación por cese de actividad de carácter general, no extraordinario que se encuentra regulada en la Ley General de la Seguridad Social. Para ello se deben cumplir unos requisitos determinados:

-          Cotizar en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos y haber cotizado durante los 12 meses anteriores por la prestación de cese de actividad.

-          Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social o regularizar la situación en un plazo de 30 días.

-          Que en la comparación de ingresos entre el tercer trimestre del ejercicio 2020 y el tercer trimestre del ejercicio anterior, es decir, 2019, se haya producido una reducción del 75% como mínimo.

-          Que durante el tercer trimestre del ejercicio 2020 no se obtengan rendimientos netos que superen los 1.939,58 euros mensuales, es decir, 5.818,75 euros trimestrales.

·         Exención de las cotizaciones a la Seguridad Social en los meses de julio, agosto y septiembre, las cuales serán del 100%, el 50% y el 25% respectivamente.

Estos son los principales cambios que hay en la prestación de cese de actividad para autónomos. Para más información, contacta con nuestros expertos.

 

Los empresarios y profesionales que tributan bajo el Régimen de Estimación Directa, este año van a encontrar algunas novedades en gastos de autónomos en Renta puesto que el desglose de los mismos se ha ampliado y ahora es más concreto. Te explicamos los cambios.

Cuáles son las novedades en el desglose de gastos de autónomos en Renta

Consumos de explotación se desglosan en tres apartados diferenciados:

             Compra de existencias: adquisición de materias primas y mercaderías.

             Variación de existencias: diferencia entre existencias finales e iniciales cuando acaba el ejercicio contable.

             Otros consumos de explotación: los aprovisionamientos que se usan durante el proceso de producción o la prestación del servicio.

Seguridad Social a cargo de la empresa (incluidas las cotizaciones del titular) se desglosa en dos apartados distintos:

·         Seguridad Social a cargo de la empresa: aquí se indican los pagos a la Seguridad Social que se hagan por las cotizaciones sociales a cargo de la empresa.

·         Seguridad Social o aportaciones a mutualidades del titular de la actividad: en este apartado es donde se especificarán o bien las cotizaciones al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o bien, si es el caso, las aportaciones a mutualidades de previsión social del titular de la actividad, empresario o profesional.

Indemnizaciones

Se trata de un nuevo concepto que como su nombre indica incluirá aquellos gastos producidos por despido, jubilación anticipada o bien resarcimiento de un perjuicio o de un daño.

Dietas y asignaciones de viaje del personal empleado

Otra novedad, será en este concepto donde se detallarán los gastos correspondientes a estancia, manutención y locomoción de los trabajadores.

Aportaciones a sistemas de previsión social imputadas al personal empleado

También es nuevo el detallar las contribuciones que se aporten a un Plan de Previsión Social Empresarial o Plan de Pensiones a favor de los empleados promovido por el empresario.

Gastos de manutención del contribuyente

Otra novedad en la que se declararán dichos gastos siempre que cumplan los requisitos establecidos legalmente.

Suministros

En este nuevo concepto se tendrán que declarar los importes correspondientes a Internet, telefonía, electricidad, etc.

Primas de seguros

También un desglose nuevo para incorporar los importes por seguros realizados a elementos del patrimonio que forme parte de la actividad.

Estas son las novedades que se han producido al reflejar los gastos de autónomos en Renta. Para mayor información, no dude en contactar con nuestra asesoría.

Debido a la crisis que se está sufriendo por la pandemia de coronavirus, se han aprobado medidas oficiales para autónomos por el COVID-19 que pueden resultar de interés.

A continuación, se enumeran algunas que afectan a las cuotas con la Seguridad Social, a deudas con la Agencia Tributaria e incluso a la presentación de los modelos trimestrales.

Resumen de algunas medidas oficiales para autónomos por el COVID-19

Ampliación del plazo de presentación de autoliquidaciones y declaraciones

De un modo general y exceptuando casos determinados. Aquellas autoliquidaciones y declaraciones que se efectúen con carácter trimestral y coincidan con el plazo voluntario del primer trimestre, que finalizaba el día 20/04/2020 y las que hayan vencido a partir del día 15 de abril, podrán ser presentadas y liquidadas hasta el día 20/05/2020.

Deudas tributarias que se pueden aplazar y fraccionar

Las deudas tributarias generadas por autoliquidaciones y declaraciones correspondientes a IVA, pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades e incluso retenciones de IRPF y pagos a cuenta, podrán aplazar su pago durante un período máximo de 6 meses, encontrándose exento de pago de intereses de demora los 3 primeros meses.

Para poder obtener el citado aplazamiento se tendrá que solicitar por una cantidad máxima de 30.000.-€ y no haber tenido durante 2019 un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04.-€.

Moratoria de cuotas de pago de autónomos

Se podrá solicitar una moratoria para el pago de las cuotas de cotización de autónomos de los meses de mayo, junio y julio del año 2020. Dichas cuotas se aplazarán durante un período de 6 meses para aquellos que coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pagándolas en noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021, y de 7 meses para el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.

A dicha moratoria no le será de aplicación intereses de demora y las cuotas aplazadas se cobrarán junto a las correspondientes a dichos meses.

Aplazamiento de deudas con la Seguridad Social

Los pagos correspondientes a deudas contraídas por los autónomos con la Seguridad Social, que se deban realizar durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, se podrán aplazar aplicando un tipo de interés de demora reducido al 0,5%.

Con motivo de la crisis acaecida con el coronavirus o Covid-19 que ha paralizado la actividad en todo el país, el Ejecutivo nacional se ha visto obligado a tomar medidas económicas extraordinarias para intentar paliar los efectos negativos que el confinamiento está provocando en el tejido empresarial y laboral español.

Aunque sabemos que estas no serán las últimas, sí que, de momento, parece que serán las de mayor calado, por lo publicado en el BOE. Todas ellas se enfocan en ayudar a las empresas y autónomos, igual que a los profesionales de diversos gremios.

Medidas económicas para paliar la crisis del coronavirus

Vemos ya las medidas más importantes que, no obstante, puedes consultar en este enlace del BOE:

-          Las empresas que así lo requieran, siempre de forma justificada, podrán hacer un ERTE. Los trabajadores pueden tramitar su baja y tendrán concedido el conocido como Paro, cobrando un 70% de su sueldo, mientras dure esta crisis.

-          Se han movilizado unos 200.000 millones de euros que están siendo destinados en diversas partidas para diferentes actividades.

-          De este dinero movilizado por el Ejecutivo nacional, unos 117.000 millones de euros están siendo destinados a dinamizar y reforzar el sector público.

-          Además, el Ejecutivo acaba de ampliar una nueva partida de unos 100.000 millones de euros para inyectar liquidez al sistema y gestionar los ERTES, que, como hemos visto, se han flexibilizado para mejorar la supervivencia de las empresas españolas.

-          Se añade información para moratoria de las hipotecas, que se podrán retrasar un mes si el deudor sufre una situación especial de vulnerabilidad.

-          Se ha procedido al blindaje de las empresas españolas, en especial, de los inversores extranjeros que tratan de hacer negocio con las compañías cotizadas, evitando así el oportunismo de quienes se quieran aprovechar de un posible descalabro bursátil. El Gobierno tendrá un control más férreo en este sentido.

Estas son las principales medidas hasta la fecha a las que, si no pasa nada y esto se alarga, tal y como parece, se deberán unir otras. Lo contaremos en próximos días.

La subida del SMI pactada entre Gobierno y agentes sociales para este año 2020 ha sido de un 5,5%. Esto quiere decir que una jornada completa de 40 horas semanales se ha de pagar a un mínimo de 950 euros dividido en 14 pagas. ¿Cómo lo puedes aplicar?

Recordemos que, sea como fuere que pagues a tus empleados, su salario base no puede bajar de los 13.300 euros brutos al año. Pero existen detalles a considerar, como vemos a continuación.

La subida del SMI

Hemos de saber diferenciar entre lo que es el salario base y lo que son los complementos y los pluses, que no computan para el cálculo final. Veamos.

  • -          Esta subida solo afecta a trabajadores no acogidos a convenios colectivos de su sector, o a aquellos en los que el salario mínimo estuviera por debajo del nuevo SMI.
  • -          Si un trabajador tiene un salario base superior al SMI, ya sea establecido en su convenio o contrato laboral, no recibirá mayor retribución.
  • -          Al hacer el cálculo del SMI, se han de tener en cuenta las pagas extra, que podrán estar prorrateadas o no. En definitiva, el sueldo bruto no bajará de 13.300 euros anuales por 40 horas de trabajo a la semana o equivalente, ya sea pagado en 12, 13, 14 pagas, etc.
  • -          El complemento salarial no suma para calcular el SMI. Así que, si tus empleados reciben extras por nocturnidad o antigüedad, no será tenido en cuenta para el cómputo del salario base. Eso sí, se pueden sumar los que sean comunes y reciba toda la plantilla.
  • -          Existen discrepancias respecto al complemento extrasalarial, que incluye gastos de vestuario, transporte, etc. En principio, no computa, pero existen dos sentencias contradictorias, por lo que este punto está pendiente de fallo del Tribunal Supremo.
  • -          Tampoco computará el dinero en especie, por ello, aportaciones a un plan de pensiones por parte de la empresa en favor del trabajador, por ejemplo, no se pueden añadir para calcular el SMI.

Recuerda, el salario es de 13.300 euros brutos anuales por jornada de 40 horas semanales o equivalente según la jornada del empleado.

¿por qué necesitas contratar una asesoría laboral en Murcia? A continuación, vamos a explicar en qué consiste este servicio y por qué es tan importante.

El asesor laboral

El asesor laboral es la figura que, en el seno de una empresa, gestiona todo lo relacionado con el trabajo de los empleados. Para ello, será el responsable de su legalización, de la correcta contratación de los seguros sociales, de la redacción y vigencia de contratos y salarios, de la gestión de las bajas y altas, así como de las jubilaciones, etc.

Este profesional tiene conocimientos de economía y derecho laboral. De ahí que toda empresa tenga que contar con uno. Sin embargo, si la compañía es demasiado pequeña, lo normal es subcontratar al profesional a través de una asesoría en Murcia o en cualquier otra ciudad española.

Las funciones de la asesoría laboral en Murcia

Dicho esto, vamos a conocer brevemente las funciones que realizar toda asesoría laboral experta en el sector:

-          El asesor laboral es el que se encarga de las tareas burocráticas en el marco empresarial.

-          Estos asesores laborales también se encargan de reducir gastos ajustando las necesidades para optimizar los beneficios.

-          Los asesores laborales son los expertos que asesoran a las empresas en temas de legislación laboral, ya que están perfectamente actualizados en la materia.

-          Una asesoría laboral es la entidad que gestiona y tramita seguros sociales, contratación de empleados y salarios.

Conocer todos los cometidos de la asesoría laboral es difícil. Por eso, empresas medianas, pequeñas y pymes optan por subcontratar este servicio. Es una fórmula más económica que tener un profesional contratado o directamente disponer de todo un departamento para ello.

Si necesitas una asesoría laboral en Murcia, no dudes en contactarnos y venir a vernos. Podemos ofrecerte nuestros años de experiencia y profesionalidad desde el primer día que nos necesites.

¿Tienes claro qué servicios prestamos las asesorías en Murcia? A continuación, vamos a aclarar qué trabajo hacemos exactamente y por qué es interesante contratar a profesionales de nuestro gremio.

Los servicios de las asesorías en Murcia

Las asesorías de Murcia están formadas por asesores y profesionales del asesoramiento de total cualificación que ofrecen sus servicios a empresas, emprendedores, autónomos, pymes y personas físicas o jurídicas que necesitan externalizar ciertas partes de su negocio para que recaigan en manos expertas.

Por lo general, el asesoramiento en Murcia se centra en varios campos básicos, que son:

  • Asesoría fiscal: una asesoría fiscal en Murcia se encarga de elaborar y presentar impuestos de todo tipo ante los órganos competentes. Para ello, se realiza una planificación fiscal de la empresa para llevar un control anual certero y que el empresario y sus trabajadores se puedan centrar en sus labores delegando estas áreas en nuestros profesionales.
  • Asesoría contable: la asesoría contable de Murcia se centra, como su propio nombre indica, en la contabilidad de la empresa. Para ello, presenta las cuentas anuales y los libros correspondientes en los organismos pertinentes evitando engorros y errores innecesarios a la compañía para la que se presta este servicio.
  • Asesoría laboral y recursos humanos: una asesoría en Murcia puede gestionar las nóminas de la empresa, las altas y las bajas de la Seguridad Social, los seguros sociales, los contratos, despidos y finiquitos, etc.
  • Asesoría jurídica: en este caso, se puede contar con abogados y servicios legales expertos en derecho societario y mercantil, en derecho administrativo, civil y penal, en operaciones corporativas, sucesión patrimonial programada, operaciones corporativas, etc.  
  • Outsourcing: este servicio permite que cualquier empresa de Murcia se centre en su core business, o sea, su verdadero negocio, dejando externalizadas las labores de asesoría y gestión, así como otras funciones estratégicas en las que no se tiene la experiencia necesaria.

Ya conoces la importancia de las asesorías de Murcia. Confía en nosotros, la experiencia es un grado importante en este sentido, y aquí la tenemos.

Una correcta planificación tributaria es esencial para que de cara al próximo año puedas aplicar deducciones interesantes para tener que pagar menos en la Renta de 2019.

Veamos cómo se pueden aplicar de aquí a final de año para que luego puedas deducir los importes para rebajar la factura fiscal.

Algunas deducciones interesantes para tener que pagar menos en la Renta de 2019

Deducción por vivienda habitual adquirida antes de 2013

Si adquiriste una vivienda antes del año 2013 y estás pagando la hipoteca, te puedes aplicar una deducción de lo más interesante, ya que tanto amortización como intereses son desgravables hasta un límite de 9.040.-€. Y si te queda poca hipoteca o estás pensando amortizarla antes de tiempo, mejor que hagas cálculos para ver si resulta rentable o no.

Cuotas satisfechas a sindicatos, colegios profesionales y partidos políticos

Los pagos en concepto de cuota que realices a sindicatos y colegios profesionales por tu trabajo o actividad económica pueden ser deducidos hasta la cantidad de 300 euros anuales.

Al igual que si pagas cuotas de afiliación o aportaciones a partidos políticos, podrás deducir el 20% de la cantidad abonada hasta un máximo de 600 euros al año.

Donaciones realizadas a ONGs

Si realizas aportaciones dinerarias en concepto de donaciones a las entidades que incluye la Ley 49/2002, podrás deducir el 75% de los primeros 150 euros que pagues y el 30% del importe que supere a dicha cantidad. Y si es el tercer año o posterior que donas a la misma entidad, entonces se aplicará un 35% a lo que aportes a partir de los ya mencionados 150 euros anuales.

Para el resto de asociaciones y fundaciones, y siempre que exista justificación documental de las cantidades aportadas y del organismo que lo recibe, se podrá deducir el 10%.

Esta es una muestra de algunas deducciones interesantes para tener que pagar menos en la Renta de 2019. Si lo necesitas, nuestro equipo de profesionales expertos puede estudiar tu caso y asesorarte sobre aquellas que más te pueden beneficiar.

Es básico contratar un asesor en Murcia por diversos motivos que vamos a desvelar a continuación. Pero, principalmente, este tipo de profesional soluciona un buen número de problemas financieros, fiscales, laborales y contables a autónomos, emprendedores, pymes y sociedades.

Cada profesional se ha de centrar en sus obligaciones con experto en su campo. Por eso, un autónomo o emprendedor no tiene tiempo de conocer al completo la legalidad fiscal y contable de un país y una región, por ejemplo. De ahí que contar con una asesoría en Murcia sea tan necesario.

Los beneficios de contratar un asesor en Murcia

Vamos a conocer una serie de razones por las que contratar asesoramiento en Murcia o en cualquier parte de España es necesario, ya sea por asuntos legales, laborales, contables o de finanzas.

  •         Mejora los resultados económicos. Tener a tu lado a un experto en finanzas no es un gasto, es en realidad un ahorro económico. Gracias a su conocimiento del mundo financiero, facilitará esta labor y evitará multas, recargos y otros problemas que pueden surgir cuando alguien no conoce la realidad legal española.
  •          Anticipación. Contar con los servicios de un asesor legal te ayuda a prevenir problemas con la ley. Dada su actualización y conocimiento del ordenamiento legislativo, prevendrá cualquier tipo de problema que pudiera surgir para que tu empresa cumpla con las regulaciones pertinentes.
  •          Ayuda en los contratos. No siempre es fácil redactar o comprender un contrato. Si deseas evitar problemas y hacerlo todo legal, ya sabes, los asesores saben cómo hacerlo para que todo esté según la legislación vigente.
  •          Organización. Tener las cuentas al día y los números de tu empresa ordenados es básico. Nunca sabes cuándo te puede llegar algún tipo de requerimiento. Si sucede, tu asesor tendrá todo en regla para solventarlo.

Al final, un asesor de Murcia ofrece tranquilidad, consejos y, en definitiva, es uno más de tu empresa, un aliado fiel. A nosotros también nos interesa que tu proyecto o emprendimiento prospere. Contacta y pide información sin compromiso.

La Agencia Tributaria ha aprobado una nueva Orden, la HAC/773/2019, que determina que, a partir de 2020, se tendrá que llevar el libro registro del IRPF, creando así una nueva obligación contable para los autónomos.

De este modo la administración pretende unificar la información como ya hizo previamente con el resto de impuestos, como por ejemplo el IVA. Para así poder corroborar que los datos declarados son ciertos y correctos. De esta manera es más fácil cruzarlos e identificar diferencias, que hasta ahora requerían mucho tiempo y esfuerzo. Vamos a ver en qué consiste este nuevo libro y a quienes afecta.

Qué información debe contener el libro registro del IRPF

Habrá dos libros por este concepto, uno correspondiente a los gastos y compras y otro a las ventas e ingresos.

·         NIF del proveedor que presta sus servicios o del destinatario de los mismos.

·         Tipo de retención aplicada en concepto de IRPF.

·         Importe de IRPF.

·         Concepto del ingreso o del gasto deducible.

·         Total de la factura.

Quién está obligado a llevar el libro registro del IRPF

Estarán obligados los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en los siguientes casos, siempre y cuando no lleven contabilidad ajustada al Código de Comercio.

·         Todos aquellos autónomos que hayan elegido el régimen de estimación directa simplificada para llevar a cabo las actividades profesionales o empresariales.

·         Los autónomos que se encuentren en estimación directa, pero desarrollen una actividad empresarial que no sea considerada mercantil por el Código de Comercio.

·         Los autónomos que tributen por el método de estimación objetiva en el caso de que apliquen deducción de amortizaciones o usen el volumen de operaciones para determinar el rendimiento neto.

Si te encuentras en alguno de estos supuestos, estás a tiempo de preparar los cambios que necesites para llevar el libro registro del IRPF, la nueva obligación para los autónomos. Nosotros te ayudamos.

En administración de empresas el profesionalismo es un aspecto fundamental para la eficiencia, por eso es esencial tomar una decisión acertada a la hora de contratar un gestor.

Cualquier negocio, grande o pequeño, necesita de los servicios de gestoría. Y son los resultados del trabajo de este profesional los que permitirán evitar problemas en la empresa, como las multas y sanciones por incumplimiento de normas y pago de tributos.

Consejos para contratar un gestor

Las tareas de un gestor incluyen la realización de todo tipo de trámites, generalmente ante organismos públicos, presentación de documentación, informes, pago de tributos, etc., tareas que requieren de conocimientos técnicos y legales específicos.

Ética y experiencia profesional

Es el gestor o la empresa de gestoría quien realiza tareas que en muchos casos son delicadas y por ello debe contar con los conocimientos necesarios y la experiencia para realizarlas de forma eficiente.

Este profesional no solo debe conocer los procesos, sino también ser responsable de los plazos. La ética profesional de un gestor es fundamental para el desarrollo de su labor, tanto como su experiencia en el sector.

Soluciones integrales para la empresa

Es común que las grandes empresas opten por contratar un gestor que forme parte de una empresa de gestoría, pues son las empresas las que suelen ofrecer soluciones integrales.

Para cualquier organización es fundamental contar con un servicio completo que evite cualquier tipo de dificultad en la administración de la empresa.

Actualización administrativa, jurídica y tecnológica

Es esencial tener la certeza de que el profesional se mantiene actualizado para que los procesos que lleva a cabo la empresa cumplan con las normativas vigentes. Además, es necesario que maneje herramientas tecnológicas de gestión que permitirán organizar mejor el trabajo administrativo de la empresa.

Siempre es recomendable verificar los antecedentes profesionales del gestor, más que ningún otro de los proveedores de la empresa, pues su trabajo implica grandes responsabilidades. Por ello, es esencial no apresurarse a contratar un gestor, sino tomarse el tiempo de encontrar el adecuado.

Si quieres un servicio profesional, recuerda, Asesoría y Gestoría Torrano en Murcia está a tu entera disposición.

Si no has presentado la declaración de la renta antes del plazo voluntario, el 1 de julio o el 26 de junio (para hacerlo mediante tu cuenta bancaria), necesitas hacerlo cuanto antes para evitar sanciones.

Las fechas marcadas por la AEAT para presentar la declaración de IRPF deben ser respetadas, pero ten en cuenta que esto no implica que debas hacer el pago al contado.

Qué hacer si no puedes pagar la declaración de la renta

Si por alguna razón no puedes pagar la declaración de la renta antes del plazo, debes acudir a presentar la declaración y solicitar un aplazamiento o un pago en cuotas.

El aplazamiento significa aplazar el pago en una fecha posterior o solicitar un aplazamiento y el pago en cuotas. El límite de este financiamiento se determina en función de la deuda.

Si según tu declaración de la renta debes pagar un monto inferior a 30.000 €, podrás hacer el pago en hasta 12 cuotas mensuales sin necesidad de un aval.

En caso contrario, si la deuda supera los 30.000 €, podrás obtener un financiamiento de hasta 30 cuotas, pero necesitarás de un aval bancario.

De acuerdo con el artículo 97.2 de la Ley de IRPF y el artículo 62.2 de su Reglamento, el ingreso del importe que resulta de la autoliquidación puede hacerse efectivo en varias cuotas sin que el contribuyente tenga que pagar intereses, siempre que presente la declaración a tiempo.

En el caso de que no hayas podido pagar o financiar tu deuda dentro del plazo voluntario esta ley no se aplica. Por lo tanto, lo mejor que puedes hacer es contratar a una asesoría para la gestión de la deuda de tu declaración de la renta ante el organismo recaudador.

A la hora de cumplir con la Agencia Tributaria, son muchos los datos que hay que reflejar para hacer bien los impuestos y evitar errores que puedan perjudicar a una actividad profesional. Normalmente los pequeños empresarios tienen más dudas, puesto que, en muchas ocasiones se enfrentan solos a este terreno desconocido para ellos. Para ayudarte, te explicamos qué contabilidad debe llevar un pequeño negocio.

Qué tipo de contabilidad debe llevar un pequeño negocio

La llevanza de la contabilidad es obligatoria. Para ello, la normativa establece que sea recogida en los denominados libros contables en el caso de un negocio pequeño. Pero, ¿cuáles? Estos son los que se deben tener.

Libro registro de facturas emitidas

Uno de los aspectos más importantes que la AEAT tiene en cuenta es que se lleve un control riguroso de los ingresos que tiene el negocio. La forma de hacerlo es mediante el libro registro de facturas emitidas, las cuales deberán ir por orden cronológico e incluir los datos que se requieren legalmente como datos del cliente, base imponible, tipo de IVA, número, etc.

Al igual que sucede con los ingresos, también se debe llevar un control igual de riguroso con los gastos, aunque en este caso se diferenciarán según el tipo en diversos libros que son de facturas recibidas, bienes de inversión y gastos propiamente dichos. Vamos a verlos.

Libro registro de facturas recibidas

En este caso, se lleva una contabilidad de todas las facturas de gasto deducible que se reciba tanto por parte de proveedores como de acreedores. En estos también habrá que cumplir con los requisitos legales, indicando, por ejemplo, datos del proveedor, número, fecha, base imponible, tipo de IVA, etc.

Libro registro de bienes de inversión

En este caso se llevará un control de las facturas de inmovilizado que superen el importe de 300 euros, que son los que están sujetos a amortización.

Libro registro de gastos

En último lugar habrá de tener un control de los gastos que van sin factura tales como recibo de autónomo, comisiones bancarias, intereses bancarios, recibos de préstamo, de seguros, etc.

Para ayudarte con la contabilidad que debe llevar un pequeño negocio, cuenta con nuestro asesoramiento especializado clicando aquí.

Vivimos en un mundo totalmente conectado. Por eso, la asesoría online cada día gana más clientes. Ahora bien, ¿todo es tan cómodo como lo pintan? Vamos a descubrirlo.

Lo cierto es que, como con todo en la vida, hay que saber seleccionar y conocer qué ventajas y desventajas tiene cada cosa. Con la asesoría online, como con cualquier otro servicio, sucede igual, tiene sus beneficios, pero también sus inconvenientes.

Ventajas de la asesoría online

Obviamente, el asesoramiento online tiene sus ventajas evidentes, por eso, hoy día, es un servicio que nosotros mismos prestamos dentro del trabajo que hacemos en Torrano Asesores:

  • Se reduce el precio del servicio.
  • Se simplifica la comunicación, pues se hace por medio de email, WhatsApp y herramientas similares.
  • Es más cómoda para el usuario y cliente.
  • La disponibilidad horaria, al no ser presencial, es mayor.
  • Los tiempos de respuesta y reacción son menores.
  • El uso de la tecnología es completo, ya que todo se hace de esta forma.

Desventajas de la asesoría online

Ahora bien, también un asesor online presenta ciertos inconvenientes que no tiene el asesoramiento presencial, servicio que, dicho sea de paso, también ofrecemos desde Torrano Asesores:

  • El cliente se involucra menos.
  • Se pierde cercanía en el trato y confianza entre cliente y asesor.
  • Existen ciertos trámites y procedimientos que no se pueden llevar a cabo.

¿Asesoría online o asesoría presencial en Murcia?

Entonces, dicho esto, ¿cuál sería la mejor opción? Sin duda, la que combina ambos servicios. Por un lado, facilita los trámites y comunicación por medios online, pero también ayuda en todo tipo de trámites y procedimientos que exigen un trabajo presencial.

Así pues, desde Torrano Asesores en Murcia ofrecemos ambas opciones para que nuestros clientes gocen de toda la comodidad y disfruten de las ventajas de contar con un asesoramiento online cuando les convenga, y un asesor presencial y físico cuando así les sea más propicio.

Próximamente comienza la campaña de la Renta 2018. Así pues, para que tengas la información que necesitas sobre este importante impuesto, te mostramos un resumen de cuáles son las principales novedades y las fechas de la Renta 2018.

Principales novedades en la campaña de la Renta 2018

Cambio en los límites que determinan la obligación de declarar

Aunque para aquellos que tengan percepciones de trabajo procedentes de un único pagador el límite sigue siendo 22.000 euros anuales, para aquellos supuestos en los que haya dos o más pagadores, este límite se eleva hasta los 12.643 euros.

Reducciones

Aquellos contribuyentes que durante el ejercicio 2018 hayan tenido rentas por un importe inferior a las comprendidas entre los siguientes tramos, tendrán derecho a reducciones de la cuota, te decimos los importes:

·         Menos de 13.115.-€, reducción de 5.565.-€ anuales.

·         Entre 13.115 y 16.825.-€, reducción cantidad proporcional.

Exenciones prestaciones

Los ingresos por prestaciones tanto de maternidad como de paternidad que se hayan cobrado en 2018, se encuentran exentos y por tanto no pagan IRPF.

Aumento de la deducción por maternidad

Esta incrementa su importe en 1.000.-€ anuales más, por tanto, se eleva a 2.200.-€ en los casos en los que se tengan gastos de centro de educación infantil autorizado o guardería.

Aumento de la deducción por familia numerosa

Se eleva en 250.-€ anuales por cada hijo contando en categoría general a partir del cuarto descendiente y en categoría especial, el sexto.

Principales fechas de la campaña de la Renta 2018

·         15/03/2019. Obtención datos fiscales y número de referencia.

·         02/04/2019. Comienza el plazo para la presentación de las declaraciones.

·         26/06/2019. Fin del plazo para la presentación de declaraciones con resultado a ingresar y pago domiciliado.

·         01/07/2019. Fin del plazo para la presentación de las declaraciones.

Estas son las principales novedades y fechas de la campaña de la Renta 2018 para la tramitación. Para ampliar información sobre la misma, puede contactar con nuestro equipo de expertos clicando aquí.

Contar con los servicios de una asesoría en Murcia es una tranquilidad para cualquier negocio. Toda empresa, emprendimiento o autónomo podrá contar con la ayuda de expertos y profesionales en campos como el fiscal, laboral y contable.

Los beneficios de la asesoría en Murcia

En Asesoría Torrano, tras más de 50 años con tres generaciones de expertos en el sector, hemos descubierto una serie de beneficios de los que nuestros clientes disfrutan al contar con nuestros experimentados servicios:

  1. Reciben ayuda en el planteamiento de estrategias de negocio.
  2. Tienen un servicio que les ofrece tranquilidad y seguridad, ya que confían sus números a expertos con dilatada experiencia que ofrecen un servicio cercano y personalizado.
  3. Reciben respaldo y guía profesional en todas sus estrategias dentro del marco legal establecido.
  4. Cuentan con un asesoramiento completo, que algunos expertos consideran como de 360º.

Asesoramiento completo en Murcia

¿En qué consiste un servicio de asesoramiento completo en Murcia? Veamos las otras tres ventajas que nos quedan en el tintero:

  1. Asesoramiento contable: se ofrecen servicios que permiten alcanzar objetivos empresariales fundamentales para desarrollar una gestión contable eficaz, que optimice los recursos e inversiones de la entidad.
  2. Asesoramiento laboral: se proporciona toda la información necesaria para evitar conflictos, se reducen los errores en las cadenas de producción y se cubre todo lo necesario respecto a despidos, contrataciones y nóminas.
  3. Asesoramiento fiscal: se realizan todo tipo de servicios fiscales, desde evaluación del estado de la empresa o auditoría hasta la comprobación exhaustiva del cumplimiento de toda obligación tributaria. Este servicio es básico para obtener un ahorro y rentabilidad mayúsculo en la empresa.

¿Quieres empezar a beneficiarte de todo cuanto una asesoría en Murcia puede hacer por ti? Este es el momento. Contacta con nosotros, y desde Asesoría Torrano te ofreceremos un servicio completo y profesional, personalizando en cada detalle que necesite tu negocio.

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